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21805/2015/TO1/CNC1 - “Baez Brizuela, Fulgencio s/ portación de arma de guerra” - CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA I – 19/09/2019
PORTACIÓN DE ARMA DE USO CIVIL CONDICIONAL SIN AUTORIZACIÓN LEGAL. Imputado que llevó un arma en su cintura, sin la debida autorización legal, con la numeración limada, con diecisiete cartuchos de bala en su cargador, en condiciones para su uso inmediato. Condena. RECURSO DE CASACIÓN: rechazo. PORTACIÓN: tipicidad. Arma cargada. ALCANCE DEL TIPO ATENUADO PREVISTO EN EL ART. 189 BIS, INC. 2°, PÁRRAFO 6°, CP: rechazo. Planteo extemporáneo. Inadmisibilidad. Se confirma la resolución recurrida. VOTO DEL DR. BRUZZONE: admisibilidad del planteo sobre el tipo atenuado. Rechazo. Supuesto en el que no resulta evidente la falta de intención de utilizar las armas portadas con fines ilícitos.
Citar: elDial.com - AAB6CE
Publicado el 03/10/2019
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Términos mencionados en este fallo: portación, condiciones, inmediato, imputado, atenuado, aplicación, casación, portación, cargador, bruzzone.